La revisión salarial se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2010, teniendo como plazo para abonar las cantidades derivadas de esta actualización el 30 de abril de 2011. En cuanto a las tablas salariales correspondientes a 2011, según lo estipulado en el convenio, se procederá a una subida del 1,5%, por lo que el incremento en 2010 y 2011 alcanzaría el 3,5%.
Para la actualización de 2011 se ha aplicado como IPC previsto el 1%, pero incrementándolo en el 0,25% del IPC previsto a la fecha de la firma del convenio colectivo (28 de julio de 2009), que fue un 2%. Este aumento fijado será revisado y actualizado una vez conocido el IPC real de 2011.











