Así, Legálitas destaca el hecho de que existe una normativa europea que cuantifica las indemnizaciones y derechos que corresponden a los viajeros afectados por overbooking, cancelaciones y retrasos en vuelos. El importe varía en función de la distancia y los perjuicios provocados (pérdida de conexiones, de días de viaje, etc.). Por otro lado, la pérdida o retraso en la entrega del equipaje permite al usuario reclamar por los perjuicios que ello le cause. Existen límites máximos a estas indemnizaciones, por lo que si el viajero porta objetos de especial valor, debe declararlos a efectos de percibir la indemnización correspondiente a la pérdida.
Legálitas recomienda documentar debidamente todos los motivos de la queja mediante hojas de reclamaciones presentadas in situ, solicitando el PIR (parte de irregularidad de equipaje) cuando se produzca la incidencia, conservando folletos, contratos u otra documentación.









