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Jornada de Ashotel sobre la nueva Ley de Propiedad Intelectual, que ‘asegura unas tarifas más equitativas’

La nueva Ley de Propiedad Intelectual ayudará a corregir en gran parte los "errores y cánones arbitrarios" a los que se ha visto sometido el sector turístico en los últimos años, al "definir claramente las tarifas aplicadas" y delimitar el concepto por el que se cobra en los establecimientos hoteleros.

Así lo manifestó Agustín González García, experto en esta materia, y abogado de la firma Uría Menéndez, quien abordó las principales modificaciones que se recogen en el texto de la norma, en la jornada La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y el hotelero, celebrada en el Hotel Silken Atlántida de Santa Cruz de Tenerife, y organizada por la Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro, Ashotel.

Aunque reconoce que "queda mucho trabajo por delante", el experto en propiedad intelectual y ‘outsourcing’ explicó que ya no hay que pagar a ocho entidades de gestión diferentes por poner música, realizar actuaciones musicales o proyectar una película, ya que la obligación de negociar corresponde ahora a las propias asociaciones de usuarios. En el caso de que éstas no lleguen a un acuerdo, es la Comisión de Propiedad Intelectual, -organismo dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte-, la encargada de determinar qué tasa es la que se cobra a los establecimientos hoteleros.

A pesar del gran avance que supone esta nueva ley, Agustín González reconoce que algunas entidades de gestión, de las ocho existentes, "han visto un filón recaudatorio en el sector turístico" y "presionan demasiado" a los hoteleros.

Ventanilla única
 
La implantación de esta especie de ‘ventanilla única’ establece una tarifa para la Propiedad Intelectual según el tipo de hotel. Además, el establecimiento abonará lo que le corresponde en un solo pago, que se reparte posteriormente entre las entidades autorizadas a cobrar ese derecho.

La actual normativa, según González, fija unos criterios objetivos entre los que están el grado de uso efectivo del repertorio musical, la importancia del uso de ese repertorio en la actividad desarrollada por el hotelero y la comparación con las cuotas establecidas en otros países de la Unión Europea (UE).

Hasta que no entró en vigor la actual ley, a principios de 2015, los hoteles estaban obligados a pagar derechos a diferentes entidades por tener hilo musical y televisión en las habitaciones, o por realizar celebraciones en las que se pinchaba música, como bodas o bautizos. Este hecho produjo enormes discrepancias con las entidades de gestión autorizadas a cobrar esos derechos de propiedad intelectual, y condujo al sector ante los tribunales de justicia en bastantes ocasiones.
 
En España hay ocho entidades autorizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a cobrar tasas por los derechos de propiedad intelectual de sus miembros, así como a celebrar contratos generales con asociaciones de usuarios.

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