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Facua denuncia a Ryanair por imponer una comisión a cada billete ‘a cambio de cumplir la legislación’

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a Ryanair ante las autoridades de protección de los consumidores de las 17 Comunidades autónomas, el Instituto Nacional del Consumo (INC) y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). La causa, imponer una comisión de algo más de dos euros en cada trayecto para sufragar los gastos de cancelación de vuelos.

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a Ryanair ante las autoridades de protección de los consumidores de las 17 Comunidades autónomas, el Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Fomento. La causa, imponer una comisión de algo más de dos euros en cada trayecto para sufragar los gastos de cancelación de vuelos.

La organización de consumidores ha criticado que aplique este recargo por "el mero hecho de cumplir la ley", como es facilitar un transporte alternativo o devolver el importe del billete y ofrecer asistencia a los pasajeros en casos de cancelaciones por causas de fuerza mayor. Ante esta situación, Facua demanda a las autoridades competentes que respondan de forma "inmediata" a esta "provocación" con sanciones proporcionales a las dimensiones del "nuevo abuso" en el que está incurriendo.

En sus denuncias, la asociación argumenta que la aerolínea incurre en una cláusula "abusiva" y, por tanto, "prohibida y sancionable", según el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. La norma define como abusivas estipulaciones que "causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". La comisión también es "abusiva", entre otras causas, por imponer "renuncia o limitación de los derechos del consumidor" y "obligaciones (…) para el cumplimiento de todos sus deberes y contraprestaciones, aun cuando el empresario no hubiere cumplido los suyos".

 

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