Contacto
martes 23 diciembre 2025
Sin resultados
Ver todos los resultados

Nº 8.750 | Fundado en 1999

Director: Eugenio de Quesada

Plataforma del Grupo NEXO

Nexotur.com

Leer noticias en otro idioma:
Read in a different language:

  • NEXOTUR
  • NEXOHOTEL
  • CONEXO
  • NEXOBUS
  • Grupo Nexo
  • Banners
  • Publicaciones
    • Publicaciones Conexo
    • Publicaciones Nexotur
    • Publicaciones S. fin de semana
  • NEXOTUR
  • NEXOHOTEL
  • CONEXO
  • NEXOBUS
  • Grupo Nexo
  • Banners
  • Publicaciones
    • Publicaciones Conexo
    • Publicaciones Nexotur
    • Publicaciones S. fin de semana
Sin resultados
Ver todos los resultados
Nexotur.com
Sin resultados
Ver todos los resultados
Home NEXOTUR

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condena a España por aplicar mal el IVA a las agencias de viajes

26/09/2013
En NEXOTUR
Share on FacebookShare on TwitterShare on LinkedinShare on WhatsappShare on Email

El Gobierno español se verá obligado a abordar cambios legislativos para corregir diversas irregularidades en la aplicación del IVA en el Sector de agencias de viajes, ya que de lo contrario se expone a fuertes sanciones. Como era de esperar, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho suyas las recomendaciones de su abogada general, Eleanor Sharpston, condenando a nuestro país por una aplicación incorrecta de este impuesto, a raíz de la denuncia de la Comisión Europea.

En primer lugar, los jueces consideran fundado que la normativa española "es contraria al derecho de la Unión Europea, ya que excluye del régimen especial las ventas de viajes organizados por las agencias mayoristas, pero efectuadas por las agencias minoristas". Al respecto, determina que "tal exclusión del ámbito de aplicación de este régimen especial no está prevista en modo alguno en la Directiva".

En segundo lugar, confirma que "contrariamente a lo dispuesto en el Derecho de la Unión Europea, la normativa española permite a la agencia de viajes, previa consulta con el cliente, hacer constar en la factura, bajo la denominación cuotas de IVA incluidas en el precio, un porcentaje definido del precio con IVA incluido, que se considera soportado por el cliente y que éste tiene derecho a deducir". El Tribunal de Justicia señala que esa deducción no está prevista en modo alguno en el régimen especial de las agencias de viajes. Es por ello que determina que la normativa española "instaura una discriminación por razón de la nacionalidad, incompatible con el sistema común del IVA".

Finalmente, también da la razón a la Comisión Europea en su alegación de que las normas españolas que establecen la posibilidad de determinar globalmente la base imponible del margen de beneficio de las agencias de viajes no tienen base jurídica en la Directiva. En este sentido, los jueces confirman que en el ámbito de las agencias de viajes la base imponible debe determinarse refiriéndola a cada prestación de servicios única proporcionada por la agencia de viajes, y no de manera global.

Desestima el recurso contra ochos Estados miembros

Por otro lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado íntegramente el recurso conjunto interpuesto por la Comisión Europea contra España, Polonia, Italia, la República Checa, Grecia, Francia, Finlandia y Portugal. En su denuncia, Bruselas sostenía que el régimen especial de las agencias de viajes es aplicable únicamente en los casos de venta de viajes a viajeros, reprochando a los citados Estados miembros que hayan autorizado la aplicación de este régimen en los casos de venta de viajes a todo tipo de clientes.

Al respecto, el Tribunal de Justicia reconoce que existen divergencias bastante importantes entre las versiones lingüísticas de la Directiva, algunas de las cuales utilizan el término viajero o el término cliente, variando a veces el empleo de estos términos entre un precepto y otro. Así, recuerda que, en caso de divergencia entre las distintas versiones lingüísticas de una disposición de la Unión Europa, la norma de que se trate debe interpretarse en función de la estructura general y de la finalidad de la normativa en que se integra.

Por ello, estima que el criterio consistente en aplicar el régimen especial a todo tipo de clientes es el más apto para la consecución de los objetivos de dicho régimen. "En efecto, este criterio permite a las agencias de viajes acogerse a normas simplificadas, cualquiera que sea el tipo de clientes a los que prestan sus servicios, y favorece simultáneamente un reparto equilibrado de los ingresos entre los Estados miembros", indica. Además, el Tribunal de Justicia ya ha interpretado el término viajero, confiriéndole un sentido más amplio que el de consumidor final. Por lo tanto, al considerar que las normas del régimen especial no se limitan a los supuestos de venta de viajes a los viajeros, desestima en su integridad los recursos de la Comisión Europa en este sentido.

Noticias relacionadas

El Turismo doméstico crece un 26% durante el periodo navideño, según Destinia

El Turismo doméstico crece un 26% durante el periodo navideño, según Destinia

23/12/2025
AENA prorroga el reembolso de las tarifas a las aerolíneas que aumenten pasajeros en los aeropuertos regionales

AENA prorroga el reembolso de las tarifas a las aerolíneas que aumenten pasajeros en los aeropuertos regionales

23/12/2025
Hasta siempre, profesor

Hasta siempre, profesor

23/12/2025
Smart turismo, convivencia y poder local: cuando la gobernanza importa más

Smart turismo, convivencia y poder local: cuando la gobernanza importa más

23/12/2025
TUI Spain lanza cinco nuevas operativas para 2026 hacia Costa Rica, Perú, China, Japón y Tailandia

TUI Spain lanza cinco nuevas operativas para 2026 hacia Costa Rica, Perú, China, Japón y Tailandia

23/12/2025
La Red de DTI suma 716 miembros y se afianza como referencia del nuevo modelo turístico

La Red de DTI suma 716 miembros y se afianza como referencia del nuevo modelo turístico

23/12/2025
El Sector consolida su crecimiento con casi un 6% más de ventas hasta octubre

El Sector consolida su crecimiento con casi un 6% más de ventas hasta octubre

22/12/2025
La inflación afecta al emisor español: casi un 4% menos de viajes en verano, pese a gastar un 2% más

La inflación afecta al emisor español: casi un 4% menos de viajes en verano, pese a gastar un 2% más

22/12/2025
Publicación anterior

Only You Hotel & Lounge entra en escena equipado con tecnología punta y una cuidada oferta gastronómica

Siguiente publicación

Un respiro estival

Siguiente publicación
Yolanda de Aguilar

Yolanda de Aguilar

Boletín de Noticias
Suscríbase gratis a la newsletter diaria:

PERSONAJE DEL DÍA

Gloria Guevara
Gloria Guevara
Madrid será la nueva sede del Consejo Mundial de Viajes y Turismo, tal y como ha aprobado su Comité Operativo en una decisión unánime, que busca reforzar la capacidad operativa de la organización y generar un mayor valor para sus miembros a nivel internacional. Gloria Guevara, CEO y presidente interina del WTTC, asegura que "España ha priorizado al sector de viajes y turismo y entiende claramente la enorme contribución que esta industria realiza al crecimiento global".
Ver personaje completo →Galería de personajes →

La Plataforma Digital de Información Turística NEXOTUR es un Medio Especializado del Grupo NEXO dirigido a Agentes de Viajes, que ofrece contenido útil y riguroso exclusivo para profesionales del Sector Turístico.

Hemeroteca

Boletín de Noticias
Suscríbase gratis a la newsletter diaria:
  • Política de cookies
  • Aviso legal y condiciones de uso
  • Contacto

Copyright Grupo NEXO | ® Todos los Derechos Reservados
NEXOTUR | Plataforma de Información Turística

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • NEXOTUR
  • NEXOHOTEL
  • CONEXO
  • Nexobus
  • Grupo Nexo
  • Personaje del día
  • Banners
  • Contacto
  • Publicaciones
    • Publicaciones Conexo
    • Publicaciones Nexotur
    • Publicaciones Seleción fin de semana

Nº 8.750 | Fundado en 1999

Director: Eugenio de Quesada

Plataforma del Grupo NEXO

Copyright Grupo NEXO | ® Todos los Derechos Reservados
NEXOTUR | Plataforma de Información Turística