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Aprobado el decreto que establece el marco jurídico para el desarrollo de los albergues turísticos en Madrid

06/08/2013
En NEXOTUR
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Esta nueva regulación permitirá el desarrollo de este tipo de alojamientos en Madrid, ofreciendo una alternativa a los turistas a precios razonables, garantizando una calidad en el servicio, y facilitando que las familias y los grupos de amigos puedan viajar y alojarse juntos en habitaciones múltiples, según informan desde la Comunidad.

La nueva regulación establecerá el marco jurídico necesario para la expansión de este tipo de alojamientos en nuestra región. El Gobierno regional prevé que a raíz de la nueva norma abran unos 20 ‘hostels’ en el plazo de tres años, atrayendo a unos 500.000 nuevos turistas que optan por esta manera de viajar. Sobre la mesa, el Gobierno regional tiene proyectos y planes de inversión de empresas y emprendedores interesados en abrir establecimientos de este tipo, que gozan de gran aceptación en otras capitales europeas y en países como Estados Unidos y Australia. La idea es abrir una nueva vía a la inversión y a la creación de nuevas empresas y contribuir a la reactivación económica.

Este decreto también pretende dar respuesta a las demandas del sector turístico, a la demanda efectiva de los ‘hostels’ ya existentes (hay unos 15 ya abiertos en Madrid, que dispondrán de dos años para adaptarse a la nueva legislación) y a la necesidad de ordenar una actividad ya reconocida en otras comunidades autónomas.

En Madrid hay unas 1.800 camas en este tipo de establecimientos, con una ocupación media del 85%. Esto significa que a través de los ‘hostels’ visitan Madrid unas 250.000 personas al año. Teniendo en cuenta que la regulación de los albergues turísticos en otras comunidades ha triplicado el número de visitantes, se prevé que Madrid pueda atraer a 750.000 turistas cada año, aumentado en 500.000 los cerca de diez millones de turistas que vienen a la región anualmente.

Requisitos mínimos

La característica principal de ‘hostels’ es que cuentan con habitaciones con literas para grupos (como familias, amigos…), pero también individuales y dobles. Estos alojamientos se clasificarán en una única categoría y se ubicarán en edificios integrales, o en parte independizada de los mismos siempre que dispongan de acceso directo y exclusivo a la vía pública.

En el precio del alojamiento se entenderán incluidos los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones. Los establecimientos que cuenten con un número inferior a 50 habitaciones deberán ofertar una habitación adaptada para personas con discapacidad, incrementándose esta proporción en una habitación adaptada más, por cada 50 habitaciones o fracción.

Los cuartos de baño podrán ser individuales o colectivos y estarán dotados de lavabo, inodoro y ducha. Además, los ‘hostels’ deberán contar, entre otros, con los siguientes requisitos mínimos de instalación, infraestructuras y servicios: Climatización en todas las dependencias y ventilación directa al exterior, entrada y salida, de uso exclusivo a la vía pública y salón-cuarto de estar multiusos, con capacidad para el 40% de las plazas.

Estos alojamientos deberán ofrecer a sus huéspedes acceso a medios telemáticos y ordenadores, así como a teléfonos. También deberán contar con lavadoras/secadoras para uso de clientes y servicios de desayuno e información turística y cultural de la Comunidad de Madrid.

La principal diferencia entre los ‘hostels’ y los albergues juveniles (hay varios en la región) reside en que los primeros deben estar abiertos al público en general, sin limitación de edad, además de que en ellos se ofrece información turística.

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