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¿Qué derechos tienen los afectados por el ‘caso Boeing’?

La decisión de la Unión Europea de cerrar todo su espacio aéreo a los vuelos operados por el modelo de Boeing 737 MAX 8 y 9, tomada a raíz del accidente del pasado 10 de marzo en Etiopía, afectará a miles de pasajeros. El motivo es que más de una treintena de compañías aéreas han dejado de usar este modelo de aeronave, lo que les ha obligado a cancelar algunos de sus vuelos.

Las aerolíneas dispondrán de ‘un plazo prudencial’ para reorganizarse

Para la responsable legal del departamento de aerolíneas de Reclamador, Juliana Siqueira, «lo razonable sería que en un plazo prudencial, consideramos que de cinco días, las aerolíneas que contaran en su flota con este modelo, reorganicen sus vuelos y puedan operar con normalidad«. «De no ser así, estudiaremos la viabilidad de las reclamaciones por cancelaciones o retrasos superiores a tres horas», avisa.

Siqueira también explica que durante ese plazo prudencial de reorganización de los vuelos, «los pasajeros afectados tienen derecho a recibir asistencia de la línea aérea y al reembolso del billete o bien a un transporte alternativo, pero no a la compensación de entre 250 y 600 euros recogida en la normativa, pues nos encontramos ante un caso de fuerza mayor«.

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