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El alcalde de Málaga firma ante notario la constitución de la sociedad que gestionará el palacio de congresos

04/01/2010
En CONEXO
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Recientemente, el Pleno del Ayuntamiento de Málaga ha aprobado definitivamente los estatutos por los que se regirá la organización y funcionamiento de la sociedad Palacio de Ferias y Congresos de Málaga S.A., constituida por el Ayuntamiento de Málaga, y tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico del Ayuntamiento.

El Consejo de Administración estará presidido por el alcalde, Francisco de la Torre, y contará con ocho vocales. Cinco de ellos serán miembros de la corporación (Carolina España Reina, Purificación Pineda Vargas, Manuel Díaz Guirado, Rafael Fuentes García, Pedro Moreno Brenes); y los otros tres corresponden a un representante de la Cámara de Comercio, un representante de Unicaja y un representante de la Confederación de Empresarios de Málaga.

Objeto Social

Constituye el objeto social de la Sociedad Anónima Municipal, organizar ferias comerciales generales y monográficas, congresos, exposiciones comerciales y técnicas; organizar actividades comerciales y técnicas de cualquier tipo directamente relacionadas con las descritas anteriormente; la realización y gestión de toda clase de obras, actos y servicios que con aquellos certámenes se relacionen; y la conservación y mantenimiento, para servir a los fines que se destine, del patrimonio funcional de la Institución o que se le adscriba en el futuro, así como el arrendamiento de oficinas incluidas en el mismo, siempre que con ello no se perjudique la actividad ferial.

Además, Palacio de Ferias y Congresos de Málaga S.A. podrá, en su consideración de medio propio del Ayuntamiento de Málaga, realizar otras actuaciones que, sin estar previstas en el Plan Plurianual, le sean encomendadas con una financiación complementaria suficiente y que serán aprobadas por el Consejo de Administración, que sólo podrá rechazarlas por financiación insuficiente, quedar fuera del objeto o fines de la sociedad, imposibilidad técnica u otras causas similares debidamente justificadas.

Capital social

El capital social de la empresa, totalmente desembolsado por el Ayuntamiento de Málaga, es de 60.101,21 euros, representado por 1.000 acciones ordinarias y nominativas, numeradas correlativamente, completamente liberadas y representadas por títulos, propiedad del Ayuntamiento de Málaga.

La Junta General estará constituida por la Corporación en Pleno del Ayuntamiento de Málaga,  y tendrá las facultades y atribuciones que la ley determine. Entre las facultades de la Junta  General destacan designar a los vocales del Consejo de Administración, así como acordar su renovación o ratificación en los casos en que así proceda; aumentar o disminuir el Capital Social; modificar los Estatutos sociales; y aprobar las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, y resolver sobre la aplicación del resultado.

Consejo de Administración

La empresa será administrada y regida por el Consejo de Administración, el cual asume además la representación social y tiene plenitud de facultades sin más limitaciones que las reservadas por la Ley o los Estatutos a la Junta General de accionistas. Los consejeros serán designados libremente por la Junta General entre personas especialmente capacitadas. Su número no excederá de nueve ni será inferior a cinco.

Los miembros de la Corporación formarán parte del Consejo de Administración en el número que se determine por la Junta General de acuerdo con la normativa aplicable, afectándoles las incapacidades e incompatibilidades que para ejercer cargos representativos señalan tanto la legislación de régimen local como la legislación en materia de incompatibilidades que resulte de aplicación al ámbito local.

La presidencia del Consejo de Administración recaerá forzosamente en el alcalde u otro miembro de la Corporación, o miembro no electo de la Junta de Gobierno Local que, en su caso, designe.

Transformación en sociedad mixta

La sociedad se podrá transformar en empresa mixta, cuyo capital social solo parcialmente, pertenezca al Ayuntamiento de Málaga, por aportaciones de otras entidades públicas o privadas, mediante la modificación de los Estatutos y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa legal vigente.

 

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