La sentencia desestima los recursos presentados por las aerolíneas de Estados Unidos contra la inclusión de la aviación en el sistema europeo de comercio de emisiones. En dos semanas, a partir del 1 de enero de 2012, la Unión Europea (UE) impondrá topes a las emisiones de los aviones para reforzar la lucha contra el cambio climático y hará pagar a las aerolíneas que superen su cuota.
En su resolución, el TUE entiende que "el régimen de comercio de derechos de emisión a los operadores de aeronaves no viola el principio de territorialidad ni el de soberanía de los Estados terceros, puesto que este régimen sólo les es aplicable cuando sus aeronaves se encuentran físicamente en el territorio de la UE". Además, concluye que la directiva no infringe la obligación de exonerar al combustible de derechos, gravámenes y tasas recogidas en el acuerdo de cielos abiertos entre la UE y Estados Unidos.
Esta sentencia se alinea con la opinión de la abogada general del TUE, Juliane Kokott, que el pasado mes de octubre también dictaminó que esta medida no vulnera el derecho internacional. Aunque no tenía carácter vinculante, el Tribunal de Justicia suele ratificar este tipo de opiniones en un 80% de los casos.









