En el marco del Foro AgentLab 2013, celebrado en el Salón TurNexo Madrid, el experto y socio de Impuestos Indirectos de KPMG, Javier Sánchez, ha repasado las consecuencias que tendrá la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Como adelantó NEXOTUR, dicho organismo condenó el pasado mes de septiembre a España por aplicar mal el Régimen Especial de Agencias de Viajes (REAV).
Sobre la decisión de los jueces de denegar a las agencias la posibilidad de que determinen globalmente la base imponible del margen de beneficio, obligándolas a hacerlo por cada prestación de servicios única, Sánchez reconoce que "complicará muchísimo la vida a estas empresas". Según explica, la interpretación del REAV en España "permite tributar por periodos impositivos".
"El mes que la empresa gana dinero tributa, mientras que en aquellos que pierda lo acumula y no debe ingresarlo en Hacienda", detalla. Es decir, la normativa española permite "un aplazamiento del pago del impuesto hasta que se registran ganancias, pero el TJUE entiende que esto no es legal, por lo que hay que derogarlo". Por tanto, este cambio legislativo "implicará un esfuerzo importante para el Sector", sostiene.
Solamente uno de los puntos es positivo para el Sector
Por otro lado, el experto de KPMG advierte de que "aún más dramática" es la decisión del TJUE de derogar la normativa que permite a los clientes de las agencias deducirse parte del IVA. Actualmente, en España la agencia de viajes, previa consulta con el cliente, puede hacer constar en la factura, bajo la denominación cuotas de IVA incluidas en el precio, un porcentaje definido del precio con IVA incluido, que se considera soportado por el cliente y que éste tiene derecho a deducir.
En su sentencia, los jueces determina que la normativa española "instaura una discriminación por razón de la nacionalidad, incompatible con el sistema común del IVA", por lo que es incompatible con la Directiva de la Unión Europea. Al respecto, Sánchez lamenta que esto provocará que "las agencias compitan en desigualdad de condiciones con los proveedores", ya que "si el cliente contrata con una agencia no va a poder recuperar ni un euro".
Finalmente, sobre la exclusión del REAV de aquellas ventas realizadas entre las propias agencias, el experto de KPMG sí se muestra a favor del dictamen de los jueces, quienes afirman que dicha exclusión no está prevista en la Directiva comunitaria. "Esto simplifica la vida al Sector porque facilita la operativa de las empresas", indica. "Tiene sentido que el REAV se aplique a todas y cada unas de las fases de la cadena", sentencia.
Como punto y final, Sánchez señala que, tras la sentencia del TJUE, ahora "hay que esperar a ver cómo se modifica la normativa española". Por ello, insta a los representantes del Sector a "gestionar con el Ministerio de Hacienda el impacto" de la misma.









