A partir del 1 de marzo, los radares que jalonan las carreteras nacionales serán un poco más inteligentes que hasta ahora, dado que reconocerán el tipo de vehículo que atraviesa su zona de influencia y adecuarán las sanciones expedidas por exceso de velocidad a los límites establecidos para cada caso. El transporte pesado no debería encontrar ninguna variación en su habitual proceder, dado que el tacógrafo digital obliga a situar el control de velocidad en el límite de los 90 km/h. Pero otra cosa es el segmento de los vehículos comerciales, cuyos furgones tienen limitada su velocidad máxima a 90, pero que circulan bajo los parámetros de un turismo en muchas ocasiones. Y las multas no serán baratas.

