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DEFIENDE SU ACTUACIÓN

La Comunidad de Madrid dará margen a las agencias para actualizar los avales

miércoles 07 de noviembre de 2018, 07:00h
Entrará en vigor el 23 de noviembre.
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Entrará en vigor el 23 de noviembre.
Las agencias de viajes de la Comunidad de Madrid dispondrán de un plazo adicional para adaptar sus garantías. Aunque no se ha incluido un régimen transitorio en la nueva normativa, fuentes consultadas por NEXOTUR aseguran que las comprobaciones no comenzarán nada más entrar en vigor el nuevo decreto.
La Comunidad de Madrid dará cierto margen a las agencias de viajes para que actualicen sus avales. Así lo aseguran fuentes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes consultadas por NEXOTUR, que aclaran que en las semanas posteriores a la entrada en vigor del cambio normativo no se sancionará a las agencias que no hayan revisado al alza sus garantías. Previsiblemente las comprobaciones arrancarán en 2019.
Las comprobaciones podrían arrancar una vez iniciado el año 2019


El Gobierno autonómico actuará de este modo debido al escaso plazo (20 días hábiles) que se ha dado desde la publicación de la nueva normativa en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta su entrada en vigor, que finalmente se producirá el día 23 de noviembre. Y es que, como ha venido publicando este periódico, otras Comunidades han dado de dos a tres meses desde la publicación de la modificación en sus respectivos boletines.

A pesar del malestar que ha generado la revisión ‘exprés’ aprobada por la Comunidad de Madrid, generando el rechazo de las principales Organizaciones empresariales, la citada Consejería defiende su actuación. En concreto, aseguran haber mantenido diálogos con las Asociaciones del Sector, así como con otras Comunidades autónomas, con carácter previo a la aprobación del texto, buscando con ello una correcta modificación de la normativa.

Afectará a unos 2.000 puntos de venta

Como adelantó en exclusiva NEXOTUR, el cambio normativo, que afectará a los aproximadamente 2.000 puntos de venta que se ubican en la Comunidad de Madrid, respeta los términos acordados con el resto de Comunidades, siendo la novedad más relevante el aumento del importe a garantizar. Siempre y cuando se opte por la garantía individual (también existen garantías colectivas o por viaje combinado), la cifra será la correspondiente a un 5% del volumen de negocios derivado de los ingresos por venta de viajes combinados, con un mínimo de 100.000 euros. Hasta ahora, en la práctica totalidad de las Comunidades se requería avales por importe de 60.000 euros a las minoristas, 120.000 a las mayoristas y 180.000 a las minoristas-mayoristas.

Una vez entre en vigor, las agencias de viajes "estarán obligadas a constituir con carácter previo al ejercicio de la actividad y mantener de forma permanente una garantía para responder con carácter general del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de viajes combinados, en especial en los casos de insolvencia y repatriación", informa. "En el momento en que el viajero efectúe el primer pago a cuenta del precio del viaje combinado, se le facilitará un certificado que acredite el derecho a reclamar directamente al que sea garante en caso de insolvencia, el nombre de la entidad garante y sus datos de contacto", prosigue.

Hasta el momento, como ha ido publicando este periódico, la revisión de avales ya se ha llevado a cabo en Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Extremadura y La Rioja. Todas cumplen con lo acordado en la Mesa de Directores de las Comunidades autónomas, en la que los Gobiernos autonómicos pactaron un texto común.