Cumpliendo con las exigencias de Bruselas, ya son varias las Comunidades autónomas que han revisado al alza los avales exigidos a agencias de viajes y turoperadores. Como adelantó NEXOTUR, salvo pequeñas modificaciones, lo previsible es que en toda España
el importe a garantizar pase a ser de un 5% del volumen de negocios derivado de los ingresos por venta de viajes combinados, con
un mínimo de 100.000 euros. Hasta ahora, en la práctica totalidad de las Comunidades se requería avales por importe de 60.000 euros a las minoristas, 120.000 a las mayoristas y 180.000 a las minoristas-mayoristas.
El importe a garantizar pasa a ser de un 5% del volumen de negocios
Aunque con más tardanza de lo previsto, las Comunidades parecen haber empezado a tomar cartas en el asunto para actualizar sus normativas. No obstante, ahora es el turno de las agencias de viajes, que parecen no dar la importancia que supone el cambio de la regulación (se exponen a fuertes sanciones en caso de incumplimiento).
Por ejemplo, en Andalucía, la tercera Comunidad con mayor número de agencias de viajes (solo por detrás de Madrid y Cataluña), sorprende y preocupa el bajísimo nivel de adaptación. Según datos aportados por la jefa de Servicio de Empresas y Actividades Turísticas de la Junta de Andalucía, Natividad Mª Bejarano, de las aproximadamente 1.600 agencias inscritas en el registro andaluz, tan solo 160 (el 10%) han presentado las nuevas garantías, habiendo expirado ya el plazo límite fijado. En su intervención en un foro de la Asociación Empresarial de Agencias de Viajes de Sevilla (AEVISE), la representante de la Consejería de Turismo y Deporte ha apremiado a las empresas del Sector para que se adapten a la normativa, revelando que lo puede hacer vía correo electrónico: rta.ctd@juntadeandalucia.es.
Simplificación de los trámites y aportación de información
Como avanzó este periódico, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
dio luz verde el pasado mes de febrero a la modificación del decreto que regula la actividad de las agencias de viajes. Con este cambio normativo persigue reforzar las garantías de los consumidores en la prestación de los servicios que ofrecen estas empresas. También se simplifican los trámites para el desembolso efectivo de los pagos en casos de incumplimiento, ya que se elimina la obligación de incoar un procedimiento judicial.
Según el texto, en el momento en que el cliente efectúe el primer pago a cuenta del precio del servicio,
la agencia deberá facilitar un certificado que acredite el derecho a reclamar, el procedimiento y los plazos para hacerlo efectivo, así como sus datos de contacto. La norma también estipula que, cuando la realización del viaje se vea afectada por la insolvencia de la empresa, la garantía cubrirá sin coste adicional las repatriaciones y, en caso de que sea necesario, el alojamiento previo a las mismas. Los reembolsos se efectuarán en un plazo no superior a un mes, previo requerimiento de la persona afectada.