La asociación Agencias de Eventos Españolas Asociadas (AEVEA) organizó el pasado mes de marzo una jornada informativa, tanto en Madrid como en Barcelona, para exponer las novedades de la nueva reglamentación en protección de datos y de contratación del sector público, y que influyen en el sector de los eventos.
Bajo el nombre de 'Una industria con todas las de la ley: protección de datos y contratación en el sector público', la jornada, en Madrid, tuvo lugar en Pangea The Travel Store, mientras que en Barcelona se celebró en el hotel NH Collection Constanza. Eduardo Rodríguez y José Ignacio Paniagua, de Legal 1 Abogados, fueron los encargados de presentar las novedades del Reglamento General de Protección de Datos que entrará en vigor el 25 de mayo de 2018; y por otro lado, María López, directora corporativa de Relaciones Institucionales y Servicios Jurídicos del Grupo Ausolan (Corporación Mondragón), expuso algunas claves de la Ley de Contratación del Sector Público, en vigor desde el pasado 9 de marzo.
Algunas novedades destacadas
En cuanto a la nueva reglamentación de protección de datos, los abogados Rodríguez y Paniagua resaltaron, entre otras cosas, que para conseguir los datos de una persona y para su tratamiento se necesita
la obligación de informar al interesado y recibir su consentimiento expreso de manera explícita. La nueva ley no admite consentimiento tácitos o por emisión. Otra de las novedades es
el aumento de las sanciones por incumplimiento, cuyos caso graves pueden conllevar sanciones de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación y los muy graves hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación.
Respecto a la nueva Ley de Contratación del Sector Público, este tipo de contratos s
e extiende ahora a los partidos políticos, sindicatos, organizaciones sindicales, organizaciones empresariales y asociaciones profesionales, incluyendo las fundaciones y asociaciones vinculadas a ellos (se excluyen campañas políticas). Asimismo,
desaparecen los contratos de gestión de servicios públicos, de colaboración público-privada y del negociado sin publicidad por razón de la cuantía, y
aparecen los contratos de concesión de servicios, de asociación para la innovación y el contrato abierto súper simplificado.