Jaque a la agencia corporativa
martes 27 de febrero de 2018, 07:00h
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) insiste en que las agencias que vendan a empresas o profesionales deben aplicar el régimen especial de IVA para agencias (REAV), y no el tipo general. En sentencia del 8 de febrero, prohíbe que se pueda renunciar al REAV cuando convenga a la agencia. La sentencia podría ser un duro golpe para las agencias españolas. Y es que como publicó NEXOTUR, la presión ejercida por CEAV sirvió para que desde 2014 se tuviera la posibilidad de renunciar al REAV, y así las agencias tendrían el mismo trato en el impuesto que los proveedores de servicios, no existiendo, por tanto, distorsiones de la libre competencia.