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La Junta de Andalucía establece una nueva clasificación por estrellas para campings

lunes 29 de enero de 2018, 07:00h
Elconsejero de Turismo de Andalucía.
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Elconsejero de Turismo de Andalucía.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto de ordenación de los campamentos de turismo en Andalucía, que adapta la normativa autonómica a los nuevos formatos de alojamiento y garantiza la calidad de los servicios que se ofrecen al visitante. Como principales novedades, se establece para los campings una clasificación por categorías mediante estrellas y se regulan, por primera vez, las áreas de autocaravanas. Además, se crean especialidades voluntarias en función de la oferta.

Se establece para los campings una clasificación por categorías mediante estrellas

La norma define los campamentos de turismo como establecimientos de alojamiento que, ocupando un espacio de terreno delimitado, acondicionado y dotado de instalaciones, facilitan una serie de servicios y un lugar adecuado para hacer vida al aire libre, a cambio de precio y durante un período de tiempo limitado, sin que en ningún caso la permanencia pueda tener carácter de residencia habitual o de domicilio.

El nuevo decreto, que sustituye al vigente desde 2003, clasifica estos establecimientos en dos grupos: campings y áreas de pernocta de autocaravanas. Para ambas modalidades, se recoge un conjunto de características técnicas sobre accesos, viales, cerramientos, instalaciones fijas de uso colectivo, electricidad, agua potable o equipamientos higiénicos.

En el caso de los campings, la nueva clasificación por estrellas consta de cinco categorías, frente a las cuatro de la anterior normativa, de acuerdo con el cumplimiento de una serie requisitos para las instalaciones y los servicios que se prestan.

Autocaravanas

Respecto a las áreas de pernocta de autocaravanas, por primera vez se regulan como un grupo específico de campamento de turismo y con una categoría única. Estos espacios podrán situarse en zonas anexas y diferenciadas de los campings, con los que podrán compartir determinados servicios, o bien como establecimientos independientes. La regulación fija las características y servicios obligatorios para estas instalaciones.