En una carta remitida a
CEAV, a la que tuvo acceso NEXOTUR el pasado 15 de enero,
Avasa instaba a la Organización empresarial a actuar para acabar con los recargos que
aplican "continuamente y de forma abusiva" determinados proveedores turísticos por pagos con tarjeta de crédito o débito. Según subraya el Grupo comercial, su eliminación en España, algo que ya se habría conseguido "en media Europa", traería consigo importantes beneficios "tanto para el cliente final como para la agencia".
Iberia cobra un porcentaje a los clientes corporativos
Preguntada por esta cuestión, la gerente de CEAV, Mercedes Tejero, aclara que "la legislación española se adelantó a la Directiva Europea de Servicios de Pago", lo que permitió que los citados suplementos "no se puedan cobrar a los consumidores", limitándose solo a las empresas. Asimismo, remarca que "llevamos años trabajando en el tema, principalmente con Iberia, que desde febrero de 2016 comunicó a las agencias de viajes una importante modificación". Ésta consistió en que el recargo por pago con tarjeta aplicable a sus billetes pasó de ser una cantidad fija a un porcentaje (para rutas domésticas y de medio radio, del 2%, y para rutas de largo radio, del 1%), lo que para la Confederación es "un incremento encubierto de los costes para nuestros clientes corporativos y una penalización al uso de un medio de pago específico, que podría contravenir la normativa vigente".
Actuación contraria al espíritu de la normativa
Profundizando en el caso concreto de Iberia, Tejero revela que la directora general de Comercio Interior, Carmen Cárdeno, del Ministerio de Economía, hizo suyas las demandas de CEAV,
enviando un requerimiento a Iberia para que justificara los recargos que impone a sus clientes
corporate. Ante la supuesta falta de respuesta por parte de la compañía aérea, la Confederación ha enviado dos escritos en los que pide a la aerolínea "que proceda a dar respuesta de forma inmediata" al mismo, así como que "
elimine el credit card fee para empresas, como ya hicieron con los particulares, porque entendemos que es contrario al espíritu de la normativa sobre uso de tarjeta de crédito". Finalmente, en caso de que Iberia no suprima este recargo, que para CEAV "limita la competitividad de las empresas que viajan con la compañía aérea", pide que "se ajuste a lo marcado por la legislación española".
Además de enfrentarse a la aerolínea española, CEAV también advierte de las
prácticas llevadas a cabo por otro de los grandes grupos aéreos del viejo continente, como es
Air France-KLM. A este respecto, su gerente revela que "el 11 de enero de 2018 implementaron un recargo ilegal hacia los consumidores cuando se realice un pago mediante tarjeta de crédito y la transacción se procese a través del Proveedor de Servicios de Pago".
Esta decisión, lógicamente, también cuenta con
"oposición" de la Confederación, al ser contraria a la normativa española, como ya ha transmitido al grupo franco-holandés. Según argumenta, el artículo 12 del Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, relativo a la prohibición de la repercusión de gastos al ordenante, establece que "los beneficiarios de las operaciones de pago en las que las tasas de intercambio han quedado limitadas de conformidad con lo previsto en el artículo anterior, no podrán exigir al ordenante el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización de la tarjeta de débito o de crédito".