La urgencia con la que el Gobierno está obligado a llevar a cabo la transposición de la Directiva de Viajes Combinados podría jugar en contra de los intereses del Sector. Por un lado, el hecho de que se trate de una tramitación urgente,
como anunció el Consejo de Ministros, ha provocado que las Organizaciones empresariales solo dispusiesen de un plazo de siete días para presentar sus alegaciones.
Y por otra parte, teniendo en cuenta el escaso tiempo que hay para validar el anteproyecto, "pensamos que
será complicado que se introduzcan modificaciones importantes". Así lo revela en una entrevista concedida a NEXOTUR
el consejero delegado de InterMundial Seguros, Manuel López, que, sin embargo, aclara que "
todo podría ser".
InterMundial opina que la garantía extra puede ser un valor añadido para la agencia
Preguntado por uno de los puntos más polémicos del anteproyecto, como es la inclusión de una garantía adicional a la de insolvencia financiera, reconoce que "lo cierto es que la Directiva de la Unión Europea sólo habla de la garantía frente a la insolvencia financiera mientras que, en el anteproyecto español, además de ésta, se mantiene la histórica garantía frente al cumplimiento contractual a la que todas las agencias estaban obligadas".
No obstante, a diferencia de la oposición de CEAV, que incluso ha amenazado con denunciar al Gobierno español si mantiene la citada garantía extra, López se muestra convencido de que su mantenimiento "supondría un valor añadido en la protección de los derechos de los clientes sin que conlleve un excesivo coste para la mayoría de las agencias de viaje". "Pero entendemos que pueda opinarse lo contrario", puntualiza.
Aspectos negativos del cambio normativo
El relación al resto de medidas incluidas en el anteproyecto de Ley, aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 3 de noviembre, el directivo explica que es "una copia casi literal de la Directiva, por lo que no nos hemos encontrado con grandes sorpresas". "Podemos destacar algunos aspectos positivos, como la ampliación del concepto de viaje combinado a supuestos que merecen la misma garantía pero no estaban regulados por la anterior normativa", mientras que también "existen algunos aspectos a nuestro juicio negativos como, por ejemplo, la compleja definición de los servicios de viaje vinculados, el aumento de obligaciones formales o la posibilidad de cancelación unilateral durante el plazo de 14 días en el caso de contratos celebrados fuera del establecimiento".