La declaración de municipio turístico tiene carácter indefinido
Entre los requisitos establecidos por la Junta destaca el del
mínimo de pernoctaciones y visitantes. En concreto, la media de estancias en alojamientos del municipio
deberá superar el 10% de la población total o alcanzar este porcentaje durante al menos tres meses al año. En cuanto a los visitantes, su número tendrá que ser cinco veces superior al de vecinos inscritos en el padrón al menos durante 30 días al año. La localidad que quiera obtener la declaración también deberá acreditar la existencia de un plan de calidad turística y de una oferta consistente y atractiva basada en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnográficos, deportivos y de ocio.
La certificación de municipio turístico tiene carácter indefinido e implica la
inscripción de oficio en el Registro de Turismo de Andalucía. Algunas de las ventajas que supone es la inclusión en las acciones promocionales del destino que desarrolle la Junta, así como la posibilidad de firmar convenios de colaboración en los que, como novedad, podrán participar otros departamentos del Gobierno autonómico, además de la Consejería de Turismo y Deporte. A través de estos acuerdos, el
Gobierno autonómico se compromete a prestar el apoyo financiero y los ayuntamientos a llevar a cabo sus proyectos.
Actualmente están reconocidas las siguientes localidades: Roquetas de Mar (Almería); Chiclana de la Frontera, Conil de la Frontera, Chipiona, Rota y Tarifa (Cádiz); Almuñécar (Granada); Almonte y Aracena (Huelva); Baeza y Cazorla (Jaén); Benalmádena, Fuengirola, Nerja, Ronda y Torremolinos (Málaga), y Santiponce (Sevilla).