Andalucía añade más de 9.500 viviendas turísticas a su planta hotelera
El decreto define estos alojamientos como aquellas viviendas ubicadas en inmuebles situados en suelo de uso residencial
viernes 01 de julio de 2016, 07:00h
El consejero de Turismo y Deporte, Francisco Javier Fernández, destacó esta semana que un total de 9.682 viviendas con fines turísticos han cumplimentado ya su declaración responsable en el Registro de Turismo de Andalucía, desde la entrada en vigor el pasado 11 de mayo del decreto que regula este tipo de alojamientos para integrarlos en la oferta reglada y facilitar su coexistencia con el resto de modalidades.
Por provincias, en Málaga figuran como cumplimentadas 5.662 declaraciones para esta tipología, 4.423 como presentadas y 1.707 con número de registro; en Cádiz, 1.336 cumplimentadas, 944 presentadas y 602 inscritas; en Sevilla 940 viviendas han cumplimentado la declaración, 772 constan como presentadas y 645 con número de registro; y en Granada son 748 cumplimentadas, 240 presentadas y 184 inscritas.
Por su parte, en Almería han cumplimentado la declaración 580 viviendas con fines turísticos, de las que 205 constan como presentadas y 165 ya tienen número de registro; en Córdoba, son 216 cumplimentadas, 196 presentadas y 23 inscritas; en Huelva figuran 177 cumplimentadas, 161 presentadas y 129 inscritas; y en Jaén, 23 viviendas han cumplimentado la declaración, 21 constan como presentadas y 13 están inscritas.
Durante su comparecencia el Parlamento andaluz, el consejero explicó que la regulación de este tipo de alojamientos en la comunidad responde “a la necesidad de ordenar una importante oferta de inmuebles no destinados a vivienda, sino a un uso del alojamiento privado para el turismo”, así como de ofrecer a los clientes una garantías de calidad y de confort durante su estancia y luchar contra la competencia desleal.
El decreto define estos alojamientos como aquellas viviendas ubicadas en inmuebles situados en suelo de uso residencial, donde se vaya a ofrecer mediante precio el servicio de alojamiento, de forma habitual y con fines turísticos, es decir, cuando sean comercializadas en canales de oferta turística. La norma comprende las viviendas tanto en régimen completo como por habitaciones.
Requisitos mínimos
El consejero precisó que se establecen unos requisitos mínimos de calidad y confort equiparables a los del resto de alojamientos, con el fin de asegurar los derechos de los usuarios y evitar situaciones de fraude, intrusismo y clandestinidad. Además, se garantiza la seguridad pública al obligar a los propietarios a llevar a cabo un registro documental e informativo sobre los viajeros que utilizan este hospedaje.
Con la entrada en vigor de la nueva norma, se crea la categoría de vivienda con fines turísticos como modalidad de alojamiento en el Registro de Turismo de Andalucía y se fija como obligatoria, desde el pasado 11 de mayo, la inscripción para poder operar. Para ello, los propietarios deberán presentar una declaración responsable y obtener el correspondiente código de registro.