Sobre los préstamos concedidos por el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) con unas condiciones de Euribor 12 meses + 3,3%, la Generalitat destina una partida en ayudas, financiada con fondos procedentes del Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos, para bonificar en 2,2 puntos el tipo de interés del ICF, al que se puede añadir una bonificación de 1 punto por parte del Banco Europeo de Inversiones (BEI) en caso de que el solicitante sea una pyme y cumpla las condiciones exigidas por el BEI. De este modo, las condiciones de los préstamos otorgados por el ICF se reducen a Euribor 12 meses +0,1% en caso de las pymes y Euribor 12 meses + 1,1% en el caso del resto de empresas.
Con esta línea de ayudas se prevé movilizar entre 40 y 50 millones de euros en la rehabilitación de la planta hotelera catalana.
La Generalitat continúa así con la línea de ayudas para los establecimientos hoteleros que ya inició el año pasado, y que tiene como objetivo el cumplimiento del Plan Estratégico de Turismo de Cataluña 2013-2016 que determina, entre otros retos, la puesta en marcha de instrumentos financieros para rehabilitar la planta de alojamiento obsoleta, a fin de mejorar la competitividad del sector turístico catalán.
La novedad es que este año, y gracias a la colaboración con los representantes del sector hotelero, se ha hecho un esfuerzo para mejorar las condiciones de estas ayudas.
Condiciones de solicitud
Puede ser beneficiaria de estas ayudas cualquier empresa que tenga su sede social o actividad en Cataluña, y que sea titular de un establecimiento hotelero con más de 25 años de antigüedad, debidamente inscrito en el Registro de Turismo de Cataluña y ubicado en un municipio con una población censada inferior a 150.000 habitantes.
Para que un proyecto sea subvencionable -en cuanto al tipo de interés-, el importe mínimo a invertir por plaza es de entre 2.500 y 6.000 euros (según la categoría del hotel), con un total mínimo de 60.000 euros y un máximo de 2 millones. El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables es de un máximo de dos años contados a partir de la concesión del préstamo.
Esta inversión, sin embargo, no puede estar destinada a meras actuaciones de mantenimiento o conservación del establecimiento hotelero, sino que debe garantizar la transformación real del hotel consiguiendo mejoras sustanciales y significativas en términos de calidad de la experiencia turística, eficiencia energética y accesibilidad.
El plazo de devolución del préstamo es de un máximo de 10 años.
Cabe destacar, además, que los establecimientos hoteleros que certifiquen que ya han realizado inversiones en reformas durante los tres años previos a la fecha de solicitud podrán descontar del importe mínimo de reforma la inversión ya realizada, siempre y cuando la suma de la inversión alcance o supere el importe mínimo exigido.
El periodo para presentar las solicitudes permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta agotar el presupuesto.