La nueva normativa reconoce el Turismo como un Derecho Humano, en concordancia con lo promovido por la Organización Mundial del Turismo (OMT) desde 1980 e introduce una serie de facilidades para la estructuración de un Sistema Nacional de Turismo Social. Se trata de un paso adelante muy importante para un país donde viven 3,5 millones de habitantes y donde cada año llegan más de 3 millones de turistas.
El objeto de la Ley, expresado en su texto, es establecer los principios y conceptos fundamentales de la actividad turística, declarándola como una actividad de interés nacional y facilitando al Ministerio de Turismo y Deporte la participación en diversos ámbitos en los cuales se abordan aspectos relacionados con el turismo, como la planificación territorial, promoción de inversiones, temas medioambientales, de descentralización y generación de empleo, así como atender los aspectos relacionados con la accesibilidad de todos al disfrute de la recreación y el turismo.
Se incorporan una serie de modificaciones de procedimientos, tendentes a facilitar trámites administrativos y la desburocratización de gestiones, tanto para los operadores turísticos como para la gestión cotidiana del Ministerio. Definiendo sus características, la Ley establece la denominación de las distintas modalidades del turismo: Receptivo, Emisivo, Turismo Interno e Internacional. Asimismo, articula las competencias y cometidos del Poder Ejecutivo y del Ministerio de Turismo y Deporte en materia turística, definiendo que debe ser la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio correspondiente la que establezca los objetivos contenidos en la política nacional de turismo, favoreciendo el fomento y desarrollo del sector.