Con este propósito, Facua se ha dirigido también ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca y el administrador concursal. A su juicio, este aval "debe cumplir con la función de garantía prevista en el artículo 7 de la Directiva 90/314/CEE del Consejo", que establece que el organizador o el detallista que sean parte en el contrato facilitarán pruebas suficientes de que, en caso de insolvencia o de quiebra, quedarán garantizados el reembolso de los fondos depositados y la repatriación del consumidor.
Asimismo, recuerda que también el artículo 163 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, recoge que "los organizadores y detallistas de viajes combinados tendrán la obligación de constituir y mantener en permanente vigencia una fianza en los términos que determine la Administración turística competente para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de un viaje combinado". "Especialmente", concreta la normativa, "del reembolso de los fondos depositados y el resarcimiento por los gastos de repatriación en el supuesto de insolvencia o quiebra".
Por otro lado, ante la apertura del concurso de acreedores este pasado 12 de abril, la asociación ha puesto a disposición de los consumidores un formulario para que puedan reclamar su dinero y las indemnizaciones que correspondan por vía concursal. Asimismo, anteriormente creó una plataforma de afectados en su página web.