Asimismo, también se aplicará el recargo a las operaciones realizadas en ‘portales’ de empresas ubicadas fuera del territorio argentino. La medida, publicada desde el pasado 18 de marzo en el Boletín Oficial del Gobierno argentino, establece que los contribuyentes que hagan frente a esta tasa pondrán compensarlo posteriormente en el pago de impuestos sobre los bienes personales y las ganancias y los bienes personales.