El próximo jueves 7 de junio entrará en vigor el decreto regulador de las agencias de viajes en el País Vasco, aprobado el pasado 22 de mayo por el Consejo de Gobierno Vasco. De este modo, minoristas y turoperadores contarán a partir de ahora con una normativa propia en la Comunidad, dejando de depender del Gobierno central, que traspasó sus competencias en materia de Turismo al Gobierno vasco el pasado 1 de enero. Asimismo, con la publicación del decreto se acabarán los enormes problemas que han tenido las agencias de viajes para iniciar su actividad en los dos últimos años por la ausencia de una normativa, tal y como publicó NEXOTUR.
El nuevo decreto, con el que la Comunidad se adapta a la Directiva Europea de Servicios (también conocida como Directiva Bolkestein), busca dinamizar e impulsar la creación de empresas con la simplificación de trámites administrativos. Así, a partir del próximo jueves requerirá únicamente la declaración responsable. Su presentación permitirá el comienzo de la actividad de la agencia de viajes en el mismo día, "sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a la administración turística", versa el decreto.
Fianza y póliza de responsabilidad civil
Al igual que en el resto de Comunidades autónomas, el País Vasco mantiene la exclusividad de las agencias en la distribución del viaje combinado. Por ello, están obligadas a constituir y mantener una fianza que responda de las as obligaciones contraídas frente a las personas contratantes de este producto turístico. La fianza individual deberá cubrir la responsabilidad patrimonial de la agencia, hasta las cantidades de 60.000 euros para minoristas, 120.000 para mayoristas y 180.000 para minoristas-mayoristas. También existe la posibilidad de constituir una fianza colectiva, cuyo importe mínimo supera los 2,4 millones de euros.
Además, el Gobierno vasco entiende que "al existir un riesgo directo y concreto para la seguridad financiera del destinatario, las agencias de viajes han de contratar y mantener en permanente vigencia una póliza de seguro de responsabilidad civil para afianzar el normal desarrollo de su actividad". Ésta deberá cubrir una cuantía mínima de 900.000 euros, 300.000 euros por cada bloque de responsabilidad (daños corporales, daños materiales y perjuicios económicos).