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La CNMC investiga a varias agencias por presuntos acuerdos anticompetitivos

Sede física de una agencia de viajes.
Sede física de una agencia de viajes.

Las empresas podrían haberse repartido clientes y/o licitaciones públicas, además de haber intercambiado información comercialmente sensible.

jueves 14 de diciembre de 2023, 07:00h

Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para la instrucción del expediente y su resolución

La CNMC investiga a varias agencias de viajes por "repartirse presuntamente clientes y/o licitaciones públicas e intercambiar información comercialmente sensible". Estas conductas serían contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y al artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y afectarían a la prestación de servicios de agencia de viajes en España y en el extranjero.

Concretamente, las empresas investigadas son IAG7, VECI y su matriz El Corte Inglés, Nautalia Viajes y su matriz Wamos, Sekai Corporate Travel, Viajes Halcón, Ávoris Retail División, Ávoris Corporación Empresarial y su matriz Barceló Corporación Empresarial (Grupo Barceló).

Tras haber inspeccionado las sedes de IAG7, Viajes El Corte Inglés, Nautalia Viajes y Grupo Barceló del 28 al 31 de marzo de 2023, la Dirección de Competencia de la CNMC ha iniciado este expediente a partir de la información recabada a través de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

"La apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para la instrucción del expediente y su resolución", detallan desde la CNMC. Y es que, según afirman, "los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la normativa de defensa de la competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras".

Métodos de la CNMC

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello se cuenta, entre otros instrumentos, con el programa de clemencia, que permite beneficiarse de la exención del pago de la multa a las empresas que aporten elementos de prueba a la CNMC que posibiliten la detección del cártel en el que participen o hayan participado.

Este programa también permite beneficiarse de una reducción del importe de la multa a las empresas solicitantes de clemencia que aporten información con valor añadido significativo una vez iniciada la investigación por la CNMC. Además de la exención del pago de la multa o la reducción de su cuantía, las empresas solicitantes de clemencia también quedan exceptuadas de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia.

Cabe destacar que la Comisión también dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles. Esta plataforma, denominada Sistema de Informantes de Competencia Anónimos (SICA), permite informar de manera anónima sobre prácticas anticompetitivas.