Hace más de un año, la Asociación Española de Directores de Hotel (AEDH) interpuso una denuncia ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) contra Booking.com, citando que dicha plataforma imponía condiciones y normas abusivas a los establecimientos y agencias de viaje con sede en España, creando una clara dependencia económica con respecto a Booking, plataforma que aglutina el 65% de las reservas que se hacen en los hoteles.
En su demanda, la AEDH justifica su denuncia manifestando los múltiples abusos que Booking ha cometido en su relación con los hoteles en España, como por ejemplo:
La AEDH perseguía con su denuncia defender los intereses de los hoteleros
-La imposición en sus contratos de las llamadas "cláusulas de paridad", las cuales obligan al hotel a aplicar la misma tarifa y las mismas condiciones que las que se promocionan en la plataforma impidiendo así, al hotelero, poder ofrecer tarifas de comercialización distintas a través de sus propios canales de venta.
-El tipo de comisiones que impone Booking.com a los hoteles por publicitarse en su canal.
-El control que tiene Booking.com sobre los huéspedes, en perjuicio del hotel, que es el que presta el servicio.
-La posibilidad que tiene Booking.com de modificar, unilateralmente, las políticas de reserva, cancelación y reembolso que tienen cada uno de los hoteles, imponiendo las suyas propias al cliente.
Además, la AEDH advertía que las "cláusulas de paridad" denunciadas y lo que Booking ha impuesto a los hoteleros, "habían sido prohibidas en más de la mitad del mercado turístico europeo, como Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Suecia e Italia, entre otros países, tanto mediante decisiones parlamentarias, como por resolciones del Tribunal de Competencia, y todo ello por el impacto restrictivo de la libre competencia que tienen".
La demanda, elaborada por el Gabinete Jurídico de la Asociación Española de Directores de Hotel (AEDH), encabezada por Javier Zamora, exponía a la Comisión Nacional de la Competencia que "todas estas cláusulas denunciadas aparecen incluidas en los contratos que Booking.com firma con los hoteles, los cuales, no tienen posibilidad alguna de rechazar, eliminar o matizarlas debido a la posición dominante en el mercado de reservas hoteleras que tiene Booking.com".
Otro aspecto a destacar relacionado con la demanda, y que la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) también ha decidido analizar es, "cómo afecta este porcentaje tan alto de gestión de reservas", puesto que Booking concentra el 65% de las reservas que se hacen en los hoteles, "y las condiciones que Booking.com pone al mercado, al resto de las agencias de viaje on line, puesto que según la AEDH, les deja sin margen de actuación".
También cabe señalar que, ante lo denunciado por la AEDH, y al que se sumó la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid, la CNMC ha informado que "el expediente sancionador que apertura analizará una posible imposición de condiciones inequitativas a los hoteles situados en España, con las que Booking.com explotaría la situación de dependencia económica que tendrían éstos con respecto a dicha Plataforma", y ha manifestado que "todo ello, podría constituir un acto de competencia desleal que podría falsear la libre competencia con afectación al interés público".
La CNMC, finalmente, analizará las políticas comerciales de Booking, ya que mantiene que "han podido tener efectos exclusionarios sobre las demás agencias de viaje en línea".