www.nexotur.com

Limitación de 10 personas y eventos

Explicación de la situación en Madrid y Barceloan

viernes 11 de septiembre de 2020, 07:00h
El dilema a aclarar: ¿Se pueden hacer eventos en Madrid y Barcelona con estas medidas?
Limitación de 10 personas y eventos
Ampliar

Tras la entrada en vigor este mismo lunes de nuevas medidas en la Comunidad de Madrid publicadas en su Bocm la pregunta más repetida es si los eventos profesionales pueden seguir organizándose o si por el contrario se incluyen dentro de la limitación a un máximo de 10 personas no convivientes.

Caos y contradicción con las medidas en Madrid

La falta de precisión de los textos legales y su carácter contradictorio entre unos y otros sugiere muchas dudas en Madrid. Mientras se intenta conseguir una confirmación contundente por parte de la Comunidad y de la Consejería de Sanidad (que aún no se han pronunciado al respecto…) desde Cataluña sí se aclara que allí en esa limitación de reuniones a 10 personas máximo no entra en el sector.

El consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, anunciaba el pasado viernes nuevas medidas para frenar el Covid-19, pero no ha sido hasta este lunes cuando se han recogido y publicado en una nueva resolución del BOocm. Tal y como acoge la resolución:

"La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se limita a un número máximo de 10 personas salvo que se trate de convivientes. No estarán incluidas en esta limitación aquellas actividades para las que se establezcan medidas específicas en la presente Orden, de tal manera que el número de participantes o asistentes a las mismas se regirá por las limitaciones de aforo o asistencia dispuestas específicamente para dicha actividad. Tampoco será aplicable esta limitación en el caso de actividades laborales e institucionales".



En Cataluña esa limitación de reuniones a 10 personas máximo no entra en el sector



Leyendo esto se entiende que los eventos profesionales no entran en esa limitación por considerarse actividades laborales. Sin embargo, si consultamos otras fuentes oficiales y páginas web de la Comunidad como esta, no queda tan claro en qué punto se encuentran los eventos profesionales, ¿Se prohíben aquellos de más de 10 personas o no? Por el momento se espera conseguir cuanto antes una confirmación oficial por parte de la Comunidad y de la Consejería de Sanidad.

Recomiendan "fomentar las reuniones / congresos y seminarios virtuales".

En Cataluña, por el contrario, la resolución del Dogc que recoge la limitación de reuniones a 10 personas quizás deja menos lugar a dudas. Desde Procicat rápidamente lo confirman, esta limitación no afecta al sector aunque recomiendan "en la medida de lo posible fomentar las reuniones / congresos y seminarios virtuales". Para la organización face to face en Cataluña se cuenta a mayores con un Plan de actuación MICE creado por Procicat que persigue garantizar la seguridad.