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La CNMC recurre el Decreto que regula los apartamentos y viviendas de uso turístico en Madrid

‘OBSTÁCULO A LA COMPETENCIA’

La norma impide que las viviendas de uso turístico puedan contratarse por menos de cinco días

Viernes 20 de marzo de 2015

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha acordado interponer recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 79/2004, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid.



El recurso se interpone al amparo del artículo 5.4 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, el cual establece que la CNMC está legitimada para impugnar los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho administrativo y las disposiciones de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados.

En concreto, el recurso de la CNMC se dirige contra el artículo 17.3 del Decreto de la Comunidad de Madrid, a tenor del cual las viviendas de uso turístico no podrán contratarse por un período inferior a cinco días.

Obstáculo a la competencia efectiva


En opinión de la CNMC, dicha previsión crea un obstáculo a la competencia efectiva en los mercados, en los términos del referido artículo 5.4 de la Ley 3/2013, por cuanto restringe la capacidad de elección del consumidor (eliminando del mercado a cierto tipo de operadores que no superen esos requisitos mínimos) o bien eleva los costes de los operadores, lo que se verá reflejado en el precio que los consumidores deberán pagar por el alojamiento.

En definitiva, la CNMC llega  a la conclusión de que la medida no está justificada en términos de necesidad y proporcionalidad y producirá una restricción grave para la competencia en este mercado, además de perjuicios a los consumidores; por todo lo cual, debe ser eliminada.

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