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Canarias establece la tramitación electrónica obligatoria para el inicio, modificación o cese de las agencias de viajes

La Viceconsejería de Turismo ha puesto a disposición de los usuarios un servicio de apoyo.
Jueves 05 de junio de 2014

El Gobierno de Canarias establece la tramitación electrónica obligatoria para el inicio, modificación o cese de actividades de intermediación turística y agencias. Cumple así con el Decreto 37/2014, de 9 de mayo, mediante el cual la presentación de comunicaciones, declaraciones, solicitudes y escritos se hará, exclusivamente, por registro electrónico.



De esta forma, los solicitantes están obligados a utilizar medios electrónicos durante la tramitación completa del expediente, estando disponibles en https://sede.gobcan.es/presidencia. "El usuario ya no tendrá que desplazarse a presentar papeles", destaca el viceconsejero de Turismo, Ricardo Fernández de la Puente Armas, quien añade que "abrir o cerrar una agencia de viajes se deberá hacer de forma electrónica, lo que agiliza enormemente la actividad turística". "Además, por parte de la Administración, las notificaciones se realizará a su vez de forma electrónica", indica.

La Viceconsejería de Turismo ha puesto a disposición de los usuarios un servicio de apoyo para cualquier información sobre los procedimientos, a través del servicio de información 012. Asimismo, para las incidencias técnicas podrán acceder al apartado de consultas e incidencias de la sede electrónica.

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