El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia contra las Organizaciones que pertenecieron a la extinta CAAVE. Todo apunta a que FEAAV y AEDAVE, cuyas sanciones ascienden a 1,6 y 1,2 millones de euros, optarán por declararse insolventes o por presentar concurso de acreedores.
FEAAV y AEDAVE, así como el resto de Asociaciones que formaron parte de la Cúpula Asociativa de Agencias de Viajes (CAAVE), deberán hacer frente al pago de las sanciones que les impuso el Tribunal de Defensa de la Competencia (ahora Comisión Nacional de la Competencia) en 2006 por haber negociado fees con Iberia, Air Europa y Spanair. Así lo ha ratificado el Tribunal Supremo, desestimando el recurso contencioso presentado por varias Asociaciones.
Las multas más cuantiosas son las de FEAAV (1,6 millones de euros) y AEDAVE (1,2 millones), mientras que el resto de sanciones no sobrepasan los 100.000 euros por Asociación. Ante este importe, todo apunta a que tanto FEAAV como AEDAVE tienen dos únicas vías: recurrir al concurso de acreederes o declararse insolvente. Mientras que desde la Federación han preferido no hacer declaraciones sobre la sentencia, el presidente de AEDAVE, Vicente Blasco, explica a NEXOTUR que en estos momentos vamos a estudiar el tema detenidamente". "Posteriormente el consejo directivo tomará una decisión sobre el camino a seguir", añade, sin aclarar cuál será el futuro de la Asociación.
Otras Asociaciones afectadas
En la sentencia también se desestiman los recursos interpuestos por la Unión Catalana de Agencias de Viajes Especializadas (UCAVE), Agencias de Viajes Asociadas de Andalucía (AEDAV), Agencias Unidas Servicios de Asociación (AUSA), la Asociación de Mayoristas de Viajes Españolas (AMAVE) y la Asociación Española de Touroperadores de Receptivo (AETOR), por lo que deberían hacer frente a sanciones cercanas a 100.000 euros.
En el caso de UCAVE, tal y como publicó NEXOTUR, ya comenzó a principios de 2011 a pagar la sanción que le fue impuesta por el extinto Tribunal de Defensa de la Competencia. De este modo, la Asociación catalana abonará el día 22 de cada mes hasta 2014 cerca de 3.000 euros a la Agencia Tributaria. A la sanción inicial, que fue de 92.000 euros, se le han sumado más de 7.000 euros de intereses, por lo que la multa asciende a 100.000 euros.
Por su parte, AMAVE se vio obligada a cerrar hace ahora un año. La Asociación no abonó el importe correspondiente al primer pago requerido pro Competencia, lo que provocó que la sentencia por pactar fees se cobrase su primera víctima. Debido a que la sanción impuesta data del año 2006, es decir, previa a la vigente ley de julio de 2007, la responsabilidad del pago se extinguió con la propia AMAVE.