Tejero: ‘Ese resultado negativo puede darse, por ejemplo, por un hecho puntual, como lo fue la quiebra de Thomas Cook’
"Desde la Confederación solicitamos una modificación de estos requisitos, ya que consideramos que una empresa, en este caso las agencias de viajes, puede ser perfectamente solvente pese a haber tenido pérdidas durante un año", señala la gerente de CEAV, Mercedes Tejero. Así, alega que "ese resultado negativo puede darse, por ejemplo, por un hecho puntual, como lo fue la quiebra de Thomas Cook en septiembre de 2019, que tuvo un fuerte impacto sobre el sector turístico español". Igualmente, puede surgir el caso de que "esas pérdidas sean pequeñas y la empresa cuente con gran cantidad de fondos propios, por lo que continúa siendo solvente".
Concretamente, este Decreto Ley sostiene que "en ningún caso se consideran destinatarios aquellos empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que cumplan los requisitos establecidos en los dos epígrafes anteriores y que en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas en las que hubiera aplicado el método de estimación directa para su determinación". Tampoco se incluirán a aquellas que "hayan resultado negativas en dicho ejercicio la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de no Residentes, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas".
Ante este escenario, CEAV vuelve a apostar por el diálogo en búsqueda de una posible solución que permita a las agencias tener acceso a estas tan necesarias ayudas. De hecho, buscan trasladar sus demandas de manera directa al Gobierno, solicitando una reunión con la secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva.