Aunque todavía el Sector congresual no tendrá apenas actividad, los destinos que han pasado a fase 2 han aumentado su capacidad para celebrar reuniones. En esta fase se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, con un máximo de 50 personas y siempre que se respete la distancia física exigida de dos metros.
La norma especifica que estas condiciones se refieren únicamente para eventos "en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación". Para proceder a la celebración de estos eventos, "se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares".
También "pueden abrirse al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y se adopten las medidas necesarias para el debido control de las aglomeraciones". La norma detalla que "los responsables de las salas evitarán la celebración de eventos de inauguración de exposiciones que puedan suponer una aglomeración de personas en un espacio cerrado".