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MENOS OBLIGACIONES PARA LAS AEROLÍNEAS

CEAV critica dos enmiendas de CEOE a la nueva Directiva de Viajes Combinados

lunes 07 de mayo de 2018, 07:00h
La gerente de CEAV, Mercedes Tejero.
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La gerente de CEAV, Mercedes Tejero.
CEAV se opone a dos de las enmiendas de CEOE al proyecto de transposición de la Directiva de Viajes Combinados. Critica que no se solicite la supresión total de la doble garantía a las agencias y que se excluya a las aerolíneas de la obligación de constituir la garantía de quiebra o insolvencia en viajes vinculados.

CEAV muestra su oposición a algunas de las enmiendas presentadas por el Consejo de Turismo de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), a propuesta de la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE), al proyecto de transposición de la Directiva de Viajes Combinados. La Confederación advierte que varias de las propuestas recogidas en el documento "son contrarias al objetivo de la norma y potencialmente perjudiciales para los propios consumidores".

Según recuerda, una de sus principales reivindicaciones ha sido, desde el primer momento, la eliminación de la doble garantía para las agencias de viajes (insolvencia y correcta prestación del servicio). Por el contrario, el Consejo de Turismo de CEOE "no sólo no solicitan su supresión total, sino que únicamente en el apartado 14 propone un reparto de responsabilidades entre mayoristas y minoristas".

Propuesta ‘contraria al espíritu con el que surgió la Directiva’

Por otro lado, CEAV remarca que el propósito de la nueva Directiva de Viajes Combinados "es proteger al consumidor frente a todas las situaciones posibles y garantizar sus derechos incluso frente a posibles quiebras de las compañías aéreas, que son las que realmente han afectado a los consumidores de forma masiva". Por este motivo, su gerente, Mercedes Tejero, asegura "no entender que en su enmienda 16 la CEOE, y sobre todo FETAVE, excluya de la obligación de constituir la garantía de quiebra o insolvencia en los viajes vinculados a las líneas aéreas".

Al respecto, en el documento se argumenta que las aerolíneas ya están obligadas por el Reglamento UE 261". Sin embargo, Tejero aclara que "esta norma sólo hace referencia a casos de overbooking, retrasos o cancelaciones de vuelos". "Se trata de una idea contraria al espíritu con el que surgió la Directiva de Viajes Combinados que, además, pone en riesgo los derechos de los consumidores", añade.