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Revés judicial

miércoles 01 de marzo de 2017, 07:00h
A pesar de que las pruebas aportadas por Confebús parecían irrefutables, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha desestimado la demanda presentada por la Confederación contra Blablacar por presunta competencia desleal. Los datos del estudio comparativo efectuado por el Sector demuestran lleva razón, pero el Tribunal considera que no existe tal competencia desleal porque "la actividad de Blablacar no está incluida entre las que regula la LOTT". Argumento un tanto extraño, porque si lo que hace no es transporte de viajeros por carretera... En cualquier caso, y por supuesto, queda la opción del recurso, que Confebús ya ha anunciado que ejercerá.