El Gobierno español ya barruntaba esta posibilidad, y decidió eliminar el impuesto a finales de 2012, o más bien encubrirlo, porque la cuantía se trasvasó directamente al Impuesto General de Hidrocarburos. Algo que no han hecho las Comunidades autónomas, habilitadas por la norma para cobrar su tramo (hasta 4,8 céntimos/litro).
Las menos, han compensado a los transportistas parcial o totalmente, devolviéndoles la tasa por la vía del gasóleo profesional. Pero la situación ha dado un vuelco radical.
Con la sentencia de Luxemburgo en la mano, que no deja lugar a dudas, se responde a múltiples preguntas, pero se suscitan otras muchas. Por ejemplo, ¿cómo y cuándo se puede recuperar el dinero cobrado ilegalmente?, ya que la resolución del Tribunal tiene carácter retroactivo.
Las Asociaciones empresariales de transportistas, tras aplaudir la decisión, han puesto en marcha sus respectivas maquinarias legales para tratar de que el dinero vuelva lo antes posible al bolsillo de sus legítimos propietarios: las empresas. Como bien apunta Isabel Mallol, la abogada que presentó el caso ante el Tribunal en representación de Transportes Besora, "ojalá este dinero pueda servir para sanear las cuentas de las muchas empresas que estén a punto de cerrar por causa de la crisis".
Muy diversas son las estimaciones realizadas, apenas pocas horas después del conocimiento de la sentencia, acerca de la cuantía total que se debe devolver (luego veremos quién debería hacerlo). Los más optimistas apuntan a un montante de 13.000 millones de euros, los más conservadores fijan la cantidad en 2.300, mientras que el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda lo cuantifica en 3.950 millones de euros.
Lo que sí parece claro es que solo tendrán derecho a reclamar la devolución aquellos que conserven las facturas de los repostajes, lo que descarta gran parte de conductores particulares.
Otra cuestión a dirimir. Para poder recuperar el dinero, ¿hace falta denunciar de manera individual? ¿La jurisprudencia será igual en todos los territorios, o se abre a interpretación la sentencia de Luxemburgo, en función del Tribunal nacional o regional al que se acuda? Las empresas que han desaparecido ¿pueden reclamar?
El ministro Montoro se ve obligado a resolver un entuerto mayúsculo, pero echa balones fuera, señalando que la sentencia no contraviene al Gobierno español, sino a la Comisión Europea, que fue quien lo autorizó. ¿A nadie en Moncloa le extraña que ningún país comunitario tenga articulado un impuesto similar al céntimo sanitario? ¿A nadie le sorprende que, si la tasa era tan rentable, no fuera copiada por otras Administraciones?
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