Edición: Jueves 2 abril 2026

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Los salarios de los agentes suben por segundo año tras las caídas de 2014 y 2013

Aumenta el poder adquisitivo de los trabajadores en agencias. El coste salarial medio se sitúa en 1.853,2 euros mensuales en el periodo comprendido entre enero y septiembre, un 2,6% más que en 2015. Y ello a pesar de que hasta noviembre no entró en vigor el nuevo Convenio, que recoge una subida salarial del 1%.

El coste salarial (salario base, complementos y horas extraordinarias, medidos en términos brutos) de los trabajadores de agencias de viajes y turoperadores aumenta un 2,6% en los nueve primeros meses de 2016. Según los datos recabados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), asciende de media a 1.853,2 euros mensuales, frente a los 1.806,5 euros alcanzados en el mismo periodo del ejercicio anterior, en el que se produjo un ascenso anual del 4,1%.

En 2013 se produjo la mayor caída de los últimos años

Se trata del segundo incremento consecutivo en el periodo analizado, tendencia que contrasta con las tasas negativas registradas en los dos años anteriores. Entre enero y septiembre de 2014 el coste salarial de los agentes se situó en 1.735,1 euros, un 0,1% menos que un año antes. La evolución fue aún más negativa en 2013, cuando se produjo un retroceso interanual del 3,4%, pasándose de los 1.798,5 euros de 2012 a 1.737,5 euros.

Mantenimiento de las tablas salariales

El incremento salarial de los dos últimos años resulta llamativo si se tiene en cuenta que, después de dos años de subidas, las tablas salariales, recogidas en el Convenio Colectivo Laboral de Ámbito Estatal para el Sector de Agencias de Viajes, se han mantenido congeladas. En 2015 no hubo variaciones en los sueldos debido a que el anterior Convenio, con vigencia hasta 2014, no fue renovado, por lo que se procedió de forma automática a prorrogar las condiciones recogidas en el mismo.

Mientras tanto, para 2016 sí se ha acordado por Convenio un aumento del 1% del sueldo bruto con carácter retroactivo desde el 1 de enero. Sin embargo, la entrada en vigor del mismo no se produjo hasta el 21 de noviembre de este mismo año, por lo que dicha revisión no se refleja en los datos de los nueve primeros meses. Por tanto, es previsible que en el último trimestre de 2016 se produzca un notable incremento salarial, debido a que las agencias están obligadas a revisar al alza los sueldos antes de que concluya el año.

Tan solo aquellas empresas que acrediten encontrarse en situación de déficit o pérdidas podrán acogerse al descuelgue salarial. Las que reúnan estos requisitos deberán solicitar dicho descuelgue a la Comisión Mixta Paritaria del Convenio antes de su aplicación.

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