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Los congresos podrán reunir 80 personas en fase 3

Los eventos al aire libre se hará con hasta 800 personas sentadas

La capacidad para organizar reuniones y eventos en España sigue avanzando poco a poco. A partir de hoy, más de la mitad del país se encuentra en la fase 3 de la desescalada y en este periodo ya se pueden celebrar congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos «sin superar en ningún caso la cifra de 80 asistentes», según recoge la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Se permite la realización de estos congresos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada y cumpliendo las obligaciones de distancia física exigida de dos metros. Asimismo, la Orden recoge que, «cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre todo asistente a dichas actividades, así como la de los trabajadores que presten sus servicios en y para las mismas, se deberá disponer de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, asegurando el desarrollo de tales actividades en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social y la limpieza y desinfección de los locales e instalaciones donde se desarrollen las mismas».

En las mismas condiciones anteriores se pueen organizar, por parte de personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, actividades y talleres informativos y de divulgación en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, dirigidos a todo tipo de público, y que tengan por objeto el aprendizaje y la divulgación de contenidos relacionados con la I+D+I.

Teatros, auditorio y eventos al aire libre

La misma Orden del 30 de mayo señala que todos los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

En el caso de locales y establecimientos distintos a los anteriores, destinados a actos y espectáculos culturales, las actividades podrán realizarse en lugares cerrados si no se supera el 50% del aforo autorizado ni reúnan más de 80 personas; y para las actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse el 50% del aforo autorizado, ni reunir más de 800 personas.

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