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Las Comunidades autónomas detallan sus condiciones para celebrar congresos

22/06/2020
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En Andalucía, «podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar en ningún caso el 75% del aforo y manteniendo la distancia interpersonal establecida», según indica su normativa.

En Aragón, la capacidad máxima general para la celebración de actividades de Turismo MICE es el 75% del aforo del espacio donde se celebren. En cualquier caso, cuando la asistencia prevista sea de más de 300 personas sentadas en lugares cerrados o de 1.000 personas sentadas en instalaciones al aire libre se requerirá autorización previa de la Dirección General de Salud Pública. En Asturias, no se establece límite máximo de aforo en congresos, reuniones o ferias, solo se indica que se tendrá que guardar «la distancia de, al menos, 1,5 metros entre sus usuarios».

En Baleares, los congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos no podrán superar la cifra de 150 asistentes y el 75% del aforo de la instalación. En Canarias, su normativa no especifica la actividad congresual, aunque hace referencia a eventos en general que, cuando tengan lugar en recintos al aire libre no podrán superar en ningún caso los 1.000 asistentes y cuando se celebren en recintos cerrados no podrán superar las 300 personas.

En Cantabria, los «congresos, encuentros, conferencias, seminarios y talleres en el ámbito de la innovación y la investigación científica y técnica y eventos asimilados», tendrán un aforo que no podrá «superar en ningún caso la cifra de 300 asistentes». Respecto a eventos de carácter general, al aforo en espacios cerrados será del 75%, pero con un máximo de 300 personas; y al aire libre, no podrá superarse el 75% del aforo autorizado, ni reunir más de 1.000 personas.

Castilla-La Mancha no especifica condiciones para la celebración congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos, aunque sí permite su celebración. En cambio, sí indica un aforo máximo permitido para eventos culturales —entre los que se encuentran las conferencias—, fijado en el 75% de la capacidad de la sala. Castilla y León, por su parte, permite la celebración de congresos, reuniones y eventos similares con un máximo del 75% del aforo del espacio, con un límite máximo de 500 personas sentadas en lugares cerrados y de 1.000 personas sentadas tratándose de actividades al aire libre.

En Cataluña, se ha definido un periodo de adaptación hasta el 24 de junio con aforos del 50% en espacios cerrados y del 75% en espacios abiertos. A partir del 25 de junio, en espacios cerrados será de un máximo de 1.000 personas de pie o 2.000 personas en asientos preasignados; y en actividades al aire libre un máximo de 2.000 personas de pie o 3.000 personas en asientos preasignados por cada espacio sectorizado.

La Comunidad Valenciana permite la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos sin superar en ningún caso el 75% del aforo del espacio. La normativa en Extremadura se refiere a las actividades de Turismo MICE y marca un aforo máximo de 600 personas. Asimismo, hace referencia al seguimiento de las guías elaboradas por la Secretaría de Estado de Turismo y el Instituto para la Calidad Turísticas Española (ICTE), que indican medidas generales de higiene y prevención, control de aforo y circulación de público.

En Galicia, su normativa señala que «podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos y actos similares promovidos por cualquier entidad, de naturaleza pública o privada, siempre que no se supere el 75% del aforo permitido del lugar de celebración y con un límite máximo de 300 personas sentadas para lugares cerrados y de 1.000 personas sentadas tratándose de actividades al aire libre». En La Rioja, se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos respetando la distancia interpersonal de 1,5 metros o mediante el uso de mascarilla.

En Madrid, en cuanto a congresos, ferias y eventos, con carácter general, el aforo en espacios cerrados será del 60% hasta el 5 de julio y, a partir del 6 de julio, aumentará al 75%. En zonas abiertas, la ocupación será del 80% y, a partir del 6 de julio, del 100%. La norma madrileña detalla que, en «congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos y actos similares», el máximo aforo será de «80 personas para lugares cerrados y de 800 personas tratándose de actividades al aire libre» hasta el 5 de julio, y desde entonces «300 personas sentadas para lugares cerrados y de 1.000 personas sentadas al aire libre».

En Melilla, los congresos, encuentros, conferencias, seminarios y actos similares no podrán superar en ningún caso la cifra de 300 asistentes. En Murcia, la ocupación máxima permitida en aquellos lugares donde se celebren congresos, conferencias, reuniones de negocios y eventos similares, será del 75% por ciento del aforo, los participantes deberán permanecer sentados y no podrán superar las 200 personas en espacios cerrados y 500 cuando se haga al aire libre.

En Navarra, los congresos y reuniones profesionales no podrán superar el 75% del aforo permitido en cada sala; y cuando el aforo supere las 500 personas, se requerirá valoración adicional por la autoridad sanitaria con el fin de garantizar las medidas de higiene y protección establecidas. Y respecto a la celebración de ferias, cuando la actividad se realiza de pie, el aforo se calculará según el criterio de tres metros cuadrados por persona.

En el País Vasco, los congresos, reuniones y eventos profesionales podrán desarrollar su actividad con un aforo máximo del 60% de su capacidad autorizada en cada sala o espacio. Para las actividades al aire libre, el aforo máximo también es del 60% de su capacidad autorizada, hasta un máximo de 1.000 personas. En ambos casos, el público deberá permanecer sentado y se requerirá butaca preasignada.

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