"El deber de protección empresarial en materia de seguridad laboral alcanza cotas a veces impensables, o de muy difícil evaluación o consideración", como señala el asesor Laboral de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT), Carlos Sedano. De hecho, varias sentencias recientes ponen de manifiesto que, ante la ‘duda’ algunos tribunales parecen decantarse del lado del trabajador.
Sedano muestra gráficamente algunos casos enjuiciados recientemente. El primero correspondía al de un trabajador marroquí, que no entendía castellano, y que falleció tras una caída en su lugar de trabajo. En aquél momento no llevaba equipamiento de seguridad alguna, pese a que la empresa sí que le había formado en varios cursos de prevención, traducidos por un compatriota que sí hablaba español. No obstante, un Tribunal catalán condenó a la empresa por "no haber hecho lo suficiente para evitar el accidente".
En otro de los ejemplos, el trabajador murió a causa de un cáncer de pulmón después de 17 años trabajando expuesto al amianto. En este caso, se daba la circunstancia de que el empleado había sido también un fumador ‘empedernido’ durante más de cuarenta años. Aduciendo que la empresa "no explicó" al trabajador que su hábito potenciaba los efectos nocivos del amianto, nuevamente un juzgado de Asturias falló en contra de la compañía.
De esta forma, como explica Sedano, aspectos que antes pudieran entenderse "lejanos a la actividad empresarial" pueden ser ahora determinantes para declarar la responsabilidad empresarial en el accidente de trabajo. "Y no es que nuestros tribunales se inclinen, ante tales supuestos, por la aplicación del principio pro operario", puntualiza. "Lo que ocurre es que la legislación en materia de accidentes de trabajo es lo que, en ocasiones, nuestros tribunales han definido como el ‘núcleo duro’ del derecho laboral", como señala el asesor de CEHAT.
Prever lo ‘imprevisible’
Así, con independencia de que el empresario deba garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en todos aquellos aspectos relacionados con el trabajo, esa obligación también conduce a a prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudieran cometer sus trabajadores. Sin embargo Sedano recuerda que, una vez aportados los suficientes medios y materiales para formar "muy rígidamente" en esta materia, el empresario no puede convertirse tampoco en un "ángel guardián", vigilando en todo momento que se cumplan todas las medidas, sino que el empleado también debe "adquirir" su propia responsabilidad.
A su juicio, "a día de hoy todavía queda mucho camino por recorrer". "Lo cierto es que cuando desaparezca esa imagen, todavía habitual, de trabajadores encaramados en el tejado de una obra sin casco y arneses que los sujeten cabrá pensar, a partir de entonces, que el trabajo conjunto de empresarios y trabajadores en materia de riesgos laborales está dando sus frutos", asegura.
NEXOHOTEL.com pondrá a disposición de sus lectores, en la edición en Pdf del Periódico de CEHAT del mes de julio, el artículo íntegro.










