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La Comisión Europea mejora el acceso de las personas con movilidad reducida a los aeropuertos ampliando la normativa

30/07/2008
En NEXOTUR
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Los pasajeros con movilidad reducida cuentan desde el pasado 26 de julio con una normativa mejorada, que amplía los supuestos de atención "sin discriminación y sin coste adicional" en los aeropuertos de la Unión Europea (UE). La norma se aplica y afecta tanto a los aeropuertos de la UE como a todos aquellos pasajeros en tránsito. Aunque un gran número de aeropuertos ya prestan servicios gratuitos de atención a este colectivo, son muchos los que no lo hacen todavía. Es por ello que "esta realidad constituye uno de los mayores obstáculos para acceder al transporte aéreo por parte de este tipo de personas", asegura la Comisión Europea (CE).

Ampliación de supuestos

La CE obliga a las aerolíneas y a las compañías mayoristas a aceptar las reservas de las personas con movilidad reducida, siempre que el ciudadano sea europeo y que los vuelos procedan tanto de un aeropuertos de la UE como de aquellos que, partiendo desde terceros países tienen como destino algún aeropuerto de los Estados miembro. Tan sólo existen dos supuestos de rechazo, cuando la seguridad del pasajero no pueda ser garantizada o cuando sea técnicamente imposible acoger al pasajero —por cuestiones de espacio en la cabina, por ejemplo—, según la CE.

Asimismo, la normativa viene a garantizar una atención gratuita en todo el aeropuerto, de manera que los pasajeros discapacitados o ancianos puedan utilizar las infraestructuras del aeropuerto de la misma manera que el resto de viajeros. Para ello, los aeropuertos deberán proveer de equipos de servicios específicos para estas personas desde el momento en el que entren en sus instalaciones. Y, en tercer lugar, la normativa incide en la asistencia a bordo. Los aviones deberán estar dotados de equipos que garanticen unos servicios de atención personalizada, en caso de ser necesario y si ha sido solicitado por el propio pasajero. En este sentido, la CE recomienda a estos pasajeros efectuar la petición al menos con una antelación de 48 horas, para asegurarse que el servicio será prestado con normalidad. 

La CE considera que la aplicación de estas mejoras contribuirá a proporcionar una respuesta más eficaz a las necesidades de un "colectivo creciente y cada vez mayor" de la población. No en vano, aproximadamente un tercio de la población europea tiene movilidad reducida, según los datos de la UE. "La introducción progresiva de estas reglas acabará con la discriminación y permitirá a los pasajeros ancianos y discapacitados obtener la ayuda que ellos necesitan mientras vuelan", afirma el vicepresidente de Transporte de la Comisión Europea, Antonio Tajani.

Los Estados miembros deberán crear a partir de ahora, en el caso de que no lo hayan hecho todavía, un equipo responsable que se encargue de velar por su cumplimiento. Asimismo, insta a aquellos ciudadanos que consideren que no han sido atendidos adecuadamente, se dirijan hacia el departamento de Dirección del aeropuerto y pongan la queja correspondiente.  Cabe recordar que la normativa sobre pasajeros con movilidad reducida fue adoptada por el Parlamento y el Consejo en julio de 2006. Ésta fue ampliada un año después, y ha sido complementada por última vez en el mes de julio del presente 2008, con la ampliación de la norma por parte de la Comisión.

 

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