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Bruselas considera que la compra de Air Europa podría restringir la competencia

Bruselas tiene hasta el próximo 15 de julio para tomar una decisión definitiva

La Comisión Europea ha determinado que la operación de compra de Air Europa por parte de IAG podría restringir la competencia en el Sector aéreo, fundamentalmente en las rutas nacionales de España y en aquellas con origen y destino en el mismo territorio. En este caso, el organismo teme que «los clientes sufran una subida de los precios o una disminución de la calidad de los servicios después de la operación», tal y como muestran en el pliego de cargos publicado.

Tras la investigación iniciada el pasado 24 de enero, Bruselas considera que la adquisición podría reducir la competencia en un determinado número de rutas nacionales españolas, «sobre todo en aquellas en las que el tren de alta velocidad no ofrece una alternativa y en las rutas entre la España peninsular y las islas Baleares y Canarias». Y es que, según la Comisión, en algunas de estas rutas no habría competencia directa después de la operación y en otras, la competencia sería limitada y procedente de compañías aéreas regionales españolas y de ‘low-cost’, lo que no sería suficiente para garantizar la competitividad en el Sector.

Por otra parte, el organismo europeo dictamina que la operación reduciría también la competencia en un determinado número de rutas de corta distancia que conectan España con países de Europa y Oriente Medio. En esta ocasión, los competidores volverían a ser aerolíneas de bajo coste o compañías aéreas tradicionales del país de destino, de nuevo insuficiente para Bruselas.

Por último, la operación disminuiría la competencia «en un determinado número de rutas de larga distancia que conectan, en particular, España con América«. Para algunas de estas conexiones, la Comisión señala incluso que no habría competidores directos tras la operación.

Transcurso de la investigación

A día de hoy, esta ha requerido de la recopilación y el análisis de la información y los documentos internos facilitados por ambas partes, además de las opiniones de compañías aéreas competidoras, aeropuertos, coordinadores de franjas horarias y clientes, así como de consumidores particulares y organizaciones representativas de los consumidores.

Cabe destacar que un pliego de cargos es una etapa formal de una investigación, en la que la Comisión informa por escrito a las empresas interesadas de los cargos formulados contra ellas. El envío de un pliego de cargos no prejuzga el resultado de la investigación, por lo que IAG tiene ahora la oportunidad de responder, de consultar el expediente de esta y de solicitar una audiencia.

El holding también tiene la posibilidad de proponer soluciones para despejar las reservas preliminares en materia de competencia señaladas por la Comisión. Puede decidir presentar soluciones en cualquier momento del procedimiento hasta la fecha de vencimiento del plazo correspondiente, que actualmente es el 10 de junio. Por su parte, desde Bruselas, tienen hasta el 15 de julio para adoptar una decisión definitiva sobre la transacción.

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