Brasil, México, Uruguay, Bolivia, Reino Unido, Portugal y Francia son los países que estarían exentos de pagar el IVA por la explotación de este tipo de eventos y la utilización de espacios. Asimismo, la resolución deja claro que esta exención debe beneficiar también a los profesionales argentinos que organicen esta serie de eventos en los países antes mencionados. "El beneficio será procedente en la medida que la legislación vigente del país de origen del inscrito o expositor, ofrezca una adecuada reciprocidad de tratamiento fiscal, que contemple la no gravabilidad o la exención, total o parcial, de los impuestos sobre los consumos, para igual actividad, prestación o eventos", subraya la resolución.
Igualmente, establece que tales beneficios serán procedentes cuando los eventos hayan sido declarados de interés nacional. Asimismo, establece que el listado de países beneficiados por esta resolución será actualizado cada tres meses.









