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A finales de 2012 todas las empresas de transporte de la UE deberán indeminzar a sus pasajeros en caso de retraso o cancelación

Todas las empresas de transportes de la Unión Europea estarán obligadas a indemnizar a los pasajeros desde finales de 2012. La CE, que ya reforzó los derechos de los pasajeros de avión en 2004 y los de tren el pasado año, ha aprobado equiparar los de las personas que viajen en autobús o por mar.

La Comisión Europea (CE) igualará los derechos de todos los pasajeros a finales de 2012. De este modo, se acabará con la disparidad normativa que existe en la actualidad, que permite que los viajeros que se desplacen en avión y en tren gocen de más derechos que los que lo hacen en barco o autobús.

Bruselas aprobaba la semana pasada una normativa para dar mayor protección a aquellos ciudadanos que realicen desplazamientos por mar o vías internas navegables. Según dicha directiva, que entrará en vigor a finales de 2012, las personas que elijan este medio de transporte tendrán derecho a ser informados, asistidos y compensados en caso de retrasos superiores a 90 minutos o cancelación. Así, podrán reclamar hasta 80 euros diarios para cubrir los gastos de alojamiento durante un máximo de tres noches y compensaciones de entre el 15% y el 20% del precio del billete.

Unos días más tarde, la CE anunciaba que desde abril de 2011 las compañías de autocar también tendrán que ofrecer una compensación a los pasajeros en caso de overbooking, cancelaciones o retrasos en viajes de larga distancia (más de 250 kilómetros). Según la nueva norma aprobada bajo la presidencia belga de la Unión Europea, estas empresas deberán ofrecer a sus clientes la devolución del precio del billete o una forma alternativa de llegar a su destino en los citados casos. En caso de incumplir esta obligación, deberán pagar una compensación del 50% del precio del billete además del reembolso.

Protección de los pasajeros aéreos en 2004

Estas normativas se suman a las ya existentes en el sector ferroviario y aéreo. Concretamente, fue en el año 2004 cuando entró en vigor un reglamento para proteger a los pasajeros aéreos afectados por denegaciones de embarque, anulación de vuelos o grandes retrasos. El objetivo de esta normativa era reforzar los derechos de estos viajeros, ya que según información suministrada por la propia Comisión, alrededor de 250.000 pasajeros resultaron perjudicados por la denegación de embarque causada por un exceso de reservas en las principales aerolíneas comunitarias en 1999, es decir, 1,1 de cada 1.000 viajeros fueron víctimas de estas prácticas.

Cinco años después, concretamente el 3 de diciembre de 2009, entraba en vigor una nueva directiva para los usuarios del transporte ferroviario. Además de obligar a indemnizar a los viajeros en caso de retraso o cancelación, dicha directiva también busca garantizar que las personas con discapacidad o con movilidad reducida no sean discriminadas en el acceso a trenes.

 

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