La Comisión Europea ha iniciado un proceso contra España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, por la negativa de las autoridades españolas de conceder un reembolso por el coste hospitalario que generen sus ciudadanos en el extranjero. Un derecho que ya viene reconocido por el Tribunal en virtud de la sentencia Vanbraeckel. Una sentencia que, por tanto, debe también aplicarse igualmente en el caso de un turista.
La Comisión considera que los ciudadanos europeos deben beneficiarse de los mismos derechos tanto si han sido autorizados previamente a seguir un tratamiento hospitalario en otro Estado miembro como si han sido hospitalizados durante una estancia temporal en otro Estado miembro.
El Tribunal considera que, en aplicación al principio de libre prestación de servicios garantizado por el artículo 49 del Tratado, el reembolso debía ser al menos idéntico al que se habría concedido al paciente si éste hubiera sido hospitalizado en su Estado miembro de afiliación. El Tribunal indicó, asimismo, que ésto podía conducir al pago de un reembolso complementario cuando la tarifa de reembolso del Estado miembro de afiliación del paciente fuera más ventajosa que la del Estado miembro en el que se dispensaron los cuidados hospitalarios.
Fomento del Turismo sanitario
En este sentido, la actitud de la Comisión coincide con el posicionamiento que la Unión Europea mostró hace algo más de un año durante el Congreso Europeo de Pacientes, celebrado en Madrid, en cuanto a la posibilidad de incentivar a aquellos países miembros que colaboren con el Turismo sanitario. Es decir, un tipo de actividad que consiste en el traslado hacia aquellos países miembro que dispongan del tratamiento sanitario precisado por el turista-paciente.










