"El nombramiento del director gerente deberá recaer en una persona especialmente capacitada y será objeto de contrato con el organismo por un periodo que no exceda de diez años, al término de los cuales podrá ser prorrogado", según aparece en el BOP.
Éste deberá realizar funciones como "ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del consejo de administración; dirigir, coordinar e inspeccionar los servicios; así como elaborar la memoria anual y contratar en los términos que le delegue la presidencia del Consorcio y las demás atribuciones que le confiera el consejo".
Dicho consejo de administración se forma a través de una presidencia, que es asumida por la máxima representante del Consorcio de Turismo de Sevilla, Rosamar Prieto Castro; y cuatro vocales designados por la asamblea general del Consorcio, a propuesta de la Consejería de Turismo, la Diputación, la Cámara de Comercio y la Confederación de Empresarios de Sevilla.
En resumen, la relación del gobierno, la administración y la gestión del SCCB se realizarán a través de cuatro órganos principales: la presidencia, la vicepresidencia, el consejo de administración y el director gerente.
En cuanto a las acciones del SCCB, destacan los artículos que aparecen en el BOP referentes a los objetivos con los que nace la oficina congresual para "fomentar y promover la celebración de congresos, convenciones, incentivos, reuniones y actividades análogas, nacionales e internacionales en Sevilla y su provincia".
Material divulgativo
Asimismo, el Convention Bureau deberá "elaborar el material de divulgación, publicidad y de imagen necesario con el fin de dar a conocer los recursos de Sevilla y la provincia para fomentar la captación de eventos del Sector".
Además, se busca "colaborar con otras entidades públicas o privadas en la promoción de la región, así como coordinar, dinamizar y ayudar a todos los segmentos interesados en el fomento del Turismo de Congresos".








